Accede a las mayores deducciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica. Estructura eficiente, legalmente sólida.
Marco legal
Una AIE es una figura jurídica española (Ley 12/1991) que permite a varias empresas colaborar en proyectos de I+D+i, trasladando las deducciones fiscales a sus socios de forma directa y proporcional a su aportación.
Ley 27/2014 — Arts. 35 y 39 LIS
Tipos de deducción aplicables
Herramienta fiscal
Introduce los datos de tu inversión en la AIE y obtén una estimación detallada de la deducción aplicable en el Impuesto sobre Sociedades.
Resultado estimado
Deducción fiscal bruta
125.000 €
⚠️ Estimación orientativa. La deducción definitiva depende de la calificación del proyecto por CDTI/ENISA, del informe motivado vinculante y de las circunstancias fiscales concretas de cada socio. Se recomienda consultar con un asesor fiscal cualificado antes de tomar decisiones de inversión.
Diferimiento temporal
El art. 39.1 LIS permite aplicar la deducción generada a lo largo de 18 ejercicios fiscales, ofreciendo una planificación fiscal de largo alcance incomparable.
Reglas de aplicación temporal
Por qué la AIE
Comparado con otras estructuras, la AIE de I+D+i ofrece un conjunto único de ventajas fiscales y operativas para el socio inversor.
Máxima deducción disponible
Hasta el 42% + 17% adicional en personal investigador. Las tasas más altas contempladas en la LIS para empresas.
Transparencia fiscal directa
La deducción se imputa en el ejercicio a cada socio de forma proporcional, sin retención ni distribución de dividendos.
Seguridad con informe vinculante
El informe motivado vinculante (art. 35.4 LIS) garantiza que la AEAT no puede discutir el carácter I+D+i del proyecto una vez emitido.
18 años de planificación fiscal
Traslado de deducciones hasta 18 ejercicios para optimizar el timing fiscal según proyecciones de cuota de cada socio.
Monetización garantizada
Si la cuota no es suficiente, se puede solicitar abono en efectivo del 80% del importe pendiente. Liquidez sin esperar cuota futura.
Sin límite sectorial
Aplicable a cualquier empresa sujeta al IS, independientemente del sector de actividad. No es necesario ser empresa tecnológica.
Cómo funciona
Cinco pasos para estructurar tu inversión en la AIE y empezar a beneficiarte de las deducciones fiscales por I+D+i en tu próxima declaración del IS.
Análisis previo
Evaluación de la cuota IS del socio potencial y del encaje en los proyectos calificados disponibles en la AIE.
Adhesión al proyecto
Firma de los estatutos de la AIE y el contrato de participación. Formalización notarial y registro en el Registro Mercantil.
Calificación y vinculante
Obtención del informe motivado vinculante de CDTI/ENISA y, si se requiere, consulta previa vinculante ante la AEAT.
Desembolso y ejecución
Aportación del capital por el socio. La AIE ejecuta el proyecto I+D+i con los recursos asignados según el plan aprobado.
Aplicación fiscal
Inclusión de la deducción en la declaración del IS del socio, con seguimiento y optimización durante los ejercicios siguientes.
Próximo paso
Nuestro equipo analiza sin compromiso tu situación fiscal y te presenta una propuesta personalizada con la deducción estimada y el plan de aplicación óptimo.
Solicitar consulta sin compromiso →O escríbenos directamente a aie@fiscalabs.ad